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Agente Exclusivo Adeslas » Nuestro Blog » adeslas » Reconocimiento médico para contratar un seguro de vida
Muchas personas se preocupan por lo que pueda pasarle a los seres queridos que tienen a su cargo en caso de que les ocurra algo malo. Aquí, los seguros de vida son una de las alternativas más demandadas para obtener la tranquilidad y seguridad que necesitan.
A la hora de contratar una póliza, surgen numerosas dudas y una de las primeras es si es necesario o no pasar un reconocimiento médico previo. En este post te explicamos esta cuestión en profundidad.
Se trata de un documento efectuado por un profesional médico acreditado que refleja el estado de salud del solicitante. Este goza de validez oficial.
Como es de esperar, este certificado quedará asociado al desarrollo de un reconocimiento médico previo. Este examen permitirá, al profesional de la salud que corresponda, analizar los parámetros a considerar a la hora de su elaboración.
Existen diversos certificados médicos, sin embargo, el que se suele considerar aplicable para la contratación de un seguro de vida es, normalmente, el certificado de historia clínica. Este es un documento en el que quedan reflejados los antecedentes de salud de una persona, de acuerdo a sus necesidades anteriores en cuestiones de atención médica, quirúrgica y hospitalaria.
En el caso de que haya que demostrar el fallecimiento de la persona asegurada, el documento cambia. Para que los beneficiarios o herederos legales puedan tener derecho al cobro de la indemnización previamente pactada con la aseguradora, el documento requerido será el certificado de defunción.
Aunque por Ley no es obligatorio, lo cierto es que muchas aseguradores exigen pasar un reconocimiento médico antes de proceder a la contratación del seguro de vida.
La finalidad no es otra que evitar el fraude. Es decir, conocer el estado de salud de los futuros asegurados para poder garantizar que las coberturas de la póliza a contratar van a tener una validez dilatada en el tiempo. Siempre exceptuando, lógicamente, situaciones accidentales.
Sin embargo, si bien este suele ser un requisito habitual para las aseguradoras, también existe la posibilidad de no tener que someternos a ninguna prueba médica para poder contratar un seguro de vida. Esto dependerá de la política de la compañía, que es al final la última responsble.
A la hora de exigir o no un certificado médico previo a la contratación de un seguro, las aseguradoras suelen tener en cuenta fundamentalmente dos cuestiones:
Aunque la manera más fiable de comprobar el estado de salud de sus futuros asegurados suele ser la exigencia de un certificado médico, existen alternativas que están dando muy buenos resultados. Estas abaratan costes y permiten descubrir con rapidez si existe alguna anomalía.
En este sentido, existen compañías aseguradoras que sólo requieren de la presentación de un cuestionario, sin necesidad de que este haya sido certificado por un médico. Además, en los últimos años también está creciendo el chequeo del estado de salud del cliente mediante llamadas telefónicas. En ellas se realizan una serie de preguntas a los futuros asegurados, todas ellas enfocadas a conocer su historial médico.
En ambos casos, lo importante es la sinceridad, fundamentalmente por el bien del asegurado y los beneficiarios. Si la compañía detecta que hay alguna irregularidad con respecto a la información ofrecida puede haber problemas. Uno de ellos es que cuando llegue el momento de que los beneficiarios reciban la indemnización, esta podría ser anulada.
En el caso del seguro de vida la finalidad principal es proteger la estabilidad familiar mediante la compensación económica.
El seguro de vida pertenece a los llamados seguros para personas. Esta póliza consiste en el pago de una prima estipulada de manera previa con la finalidad de que, en caso de fallecimiento o invalidez, el beneficiario o beneficiarios puedan recibir una cuantía que supla la falta de ingresos de la persona asegurada.
La cuantía de la prima dependerá del riesgo y de la cantidad monetaria que se pretenda recibir en caso de incapacidad o que perciban sus beneficiarios en caso de fallecimiento. Por tanto, es el asegurado quien decide con su póliza la cuantía total de la cual se beneficiarán sus seres queridos en caso de que le ocurra algo.
El seguro de vida cubre una serie de coberturas, estas son fundamentalmente tres, a saber:
En este sentido es importante saber que existen dos tipos de seguros de vida fundamentalmente, aquellos que cubren en caso de muerte (llamados de vida riesgo) y los que cubren en caso de que algo suceda en vida (llamados de vida ahorro).
La finalidad principal del seguro de vida es proteger la estabilidad familiar mediante una compensación económica en caso de que le ocurra algo a la persona asegurada.
Por tanto, su contratación, te permitirá tener una vida menos preocupada. Sabrás que en caso de que te suceda algo las personas que tienes a tu cargo estarán económicamente cubiertas.
Se trata en definitiva de un tipo de seguro, que como muchos otros, aporta calidad de vida ya que te descarga de preocupaciones.
Si estás pensando en contratar un seguro de vida no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En Aseguramos Salud estaremos encantados de ayudarte.
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