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Por Pedro Cobo, agente exclusivo Adeslas
Publicado el enero 22, 2021 | Actualizado el abril 18, 2022
Si eres autónomo estarás al corriente de que existen gastos deducibles que nos permiten ahorrar a la hora de hacer la declaración de la renta. Sin embargo, probablemente hayas dejado escapar un importante detalle: junto a los gastos vinculados a la actividad laboral, también puedes desgravar tu seguro médico.
Podrán disfrutar de este beneficio fiscal de la deducción del seguro médico tanto los autónomos como las empresas y también los trabajadores por cuenta ajena.
Desde Aseguramos Salud te explicaremos cómo, por qué y qué requisitos tendrás que cumplir para poder desgravar tu seguro médico en la declaración de la renta, o en el impuesto de sociedades si eres empresa.
Cada vez son más los autónomos que se plantean contratar un seguro de salud. Sin embargo, muchas veces su precio se presenta como un obstáculo que les impide dar el paso. Pero, ¿y si el factor económico dejara de ser un problema?
Junto a gastos como las nóminas de los empleados o la cotización de la seguridad social, existen otra serie de gastos que, de acuerdo a la legislación tributaria, pueden incluirse como gastos deducibles, este es el caso del seguro médico de autónomos. Conforme a la a Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el autónomo puede deducirse las primas satisfechas a una compañía de seguros de salud hasta 500 € anuales, reduciendo su base imponible en la misma cuantía.
De la deducción del seguro médico puede beneficiarse el autónomo, pero también cada miembro de su familia directa. Es decir, tanto su cónyuge como los hijos menores de 25 años que sigan viviendo en el domicilio familiar. Siempre que estén asegurados, los familiares podrán desgravarse hasta 500€ por cada uno, 1.500 por quienes cuenten con un grado de discapacidad. Entre todos la cantidad total a deducir nunca podrá ser superior a 4500€.
También es importante saber que las parejas de autónomos que no estén casadas no podrán disfrutar de esta deducción. Una vez más, la desgravación por el seguro de salud reducirá la base imponible.
Además de los autónomos, las empresas también pueden disfrutar de esta ventaja. Estas podrán deducirse el seguro de salud de sus empleados, pues es considerado un gasto social. La cuantía vuelve a ser de hasta 500€ por asegurado.
Lo anterior se traduce en una rebaja de la factura fiscal y la diferencia puede tributarse como retribución en especie.
Entonces sólo podrás desgravarte en la declaración de la renta cuando se trate de un seguro de salud ofrecido por la empresa. En caso de que la empresa lo considere una retribución flexible al trabajador, los primeros 500€ por cada miembro de la unidad familiar que esté asegurado estarán exentos tributación.
En definitiva, será beneficioso para las dos parte. El trabajador no tendrá que pagar seguro médico y debido a la atribución de los 500€ por familiar asegurado, este tampoco será considerado como ingreso a efectos de la declaración de la renta.
Para la empresa también existen beneficios, pues considerará las primas pagadas del seguro como una retribución flexible al trabajador, esta póliza se traducirá en una cotización a la Seguridad Social pero, como se ha mencionado en el apartado anterior, podrá deducirse el gasto del seguro a efecto del Impuesto de Sociedades.
A qué esperas, ahora no tienes excusas para contratar tu seguro médico de salud y velar por aquello que más nos preocupa: el bienestar de los que amamos y nuestra propia salud. Te invitamos a echarle una ojeada a nuestro seguro de salud para familias.
Estos beneficios fiscales de los que estamos hablando no solo se refieren a los seguros de salud, también existen otra serie de seguros que pueden ser gastos deducibles:
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